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Presidenta virtual

Por Natalia Arbildo

Luego de la vacancia de Pedro Castillo, asumió la presidencia la señora Dina Boluarte, quien postuló a la vicepresidencia conjuntamente con el expresidente, en la fórmula de Perú Libre. El gobierno de la señora Boluarte se sostiene actualmente con apoyo del poder mediático, poder económico, las derechas políticas y las fuerzas armadas y policiales. Un gobierno totalmente alejado de la propuesta política por la que postuló.

Su gobierno ha sido cuestionado por diversas razones, entre ellas, el haber sido responsable de las muertes de manifestantes por el uso desproporcionado, indiscriminado y letal de la fuerza en el marco de las protestas contra su régimen, de acuerdo con el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Uno de los temas más controversiales que está actualmente en la agenda pública, es que el Ejecutivo ha planteado que la presidenta pueda gobernar virtualmente. En ese marco, el día 29 de junio de 2023 se ha publicado la Ley N.° 31810, Ley que modifica la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, respecto al encargo del despacho de la Presidencia de la República y de su gestión a través de tecnologías digitales.

¿En qué consiste esta ley?

Esta ley faculta a la mandataria ejercer la presidencia de manera remota, es decir, la habilita para viajar al exterior y a la vez mantenerse en el cargo, previa autorización del Congreso. Solo es aplicable en caso que no haya vicepresidentes en ejercicio, tal como sucede en la actualidad.

Asimismo, el presidente del Consejo de Ministros deberá sostener una permanente comunicación con la presidenta de forma digital, en tanto, esta última ejerce su cargo mediante videoconferencias y firma digital.

Para solicitar dicha modalidad, deberá cursar la solicitud de autorización de salida del territorio nacional conteniendo la justificación de la urgencia y necesidad de la gestión del despacho de la Presidencia de la República a través de tecnologías digitales y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse. El Congreso de la República evalúa el caso en concreto.

Debate legal y político

Esta ley modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incorporando el artículo 8-A sobre encargo y gestión a través de tecnologías digitales del Despacho de la Presidencia de la República, sin embargo, se verifica que la modificación de la precitada ley carece de jerarquía suficiente. En tanto, el artículo 115 de la Constitución Política del Perú establece que el ejercicio de la Presidencia se realiza en el territorio nacional y de manera presencial.

Por tanto, el mecanismo remoto no se encontraría en consonancia con las leyes peruanas. Por lo que, para la dación de una norma como la recientemente promulgada, se deberá realizar una reforma constitucional, siguiendo el debido procedimiento establecido en nuestra Constitución.

Esta nueva ley ha generado distintas reacciones. Es sabido que diversos congresistas vienen preparando una demanda para que la citada norma sea declarada inconstitucional y se disponga su derogatoria. Sin embargo, estará vigente hasta que el Tribunal Constitucional diga lo contrario.

Ahora bien, cabe la posibilidad que el artículo 115 de la Constitución, ante un escenario de digitalización, haya quedado obsoleto, sin embargo, esto debe dilucidarse en un amplio debate mediante una reforma constitucional y no en una norma express y cortaplacista, como es el caso. Sin duda alguna, este tema estará en agenda nacional en los próximos meses, generando un debate a nivel jurídico y también político.

Natalia Arbildo (Perú) es abogada por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Activista social y política enfocada en DDHH y juventudes. Ha sido columnista de Diario Correo, Diario La Industria y Mano Alzada. Exembajadora de los Objetivos de Desarrollo Sostenible por las Naciones Unidas. Ha sido secretaria de la Mujer de la Federación Universitaria de Lambayeque. Elaboró el reglamento contra el hostigamiento sexual en la UNPRG. Fundadora de Killa, programa educativo especializado en DDHH e igualdad de género. Es autora del libro Manual de Financiamiento Político.

Twitter: @nataliaarbildop

Instagram: @nataliaarbildop

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